SEGURO DE DEFENSA JURIDICA. Por el seguro de defensa jurídica, el asegurador se obliga, dentro de los límites establecidos en la ley y en el contrato, a hacerse cargo de los gastos en que pueda incurrir el asegurado como consecuencia de su intervención en un procedimiento administrativo, judicial o arbitral, y a prestarle los servicios de asistencia jurídica judicial y extrajudicial derivados de la cobertura del seguro.Para saber más sobre coberturas de seguro del hogar
Contrato de reaseguro. Por el contrato de reaseguro el reasegurador se obliga a reparar, dentro de los límites establecidos en la ley y en el contrato, la deuda que nace en el patrimonio del reasegurado a consecuencia de la obligación por éste asumida como asegurador en un contrato de seguro.
El pacto de reaseguro interno, efectuado entre el asegurador directo y otros aseguradores, no afectará al asegurado, que podrá, en todo caso, exigir la totalidad de la indemnización a dicho asegurador, sin perjuicio del derecho de repetición que a éste corresponda frente a los reaseguradores, en virtud del pacto interno.Para saber más sobre coberturas de seguro del hogar
Seguros de enfermedad y de asistencia sanitaria. Seguros Médicos .
La normativa relativa a estos seguros se recoge en los artículos 105 y 106 de la ley del Seguro
Artículo 105
Cuando el riesgo asegurado sea la enfermedad, el asegurador podrá obligarse, dentro de los límites de la póliza, en caso de siniestro, al pago de ciertas sumas y de los gastos de asistencia médica y farmacéutica. Si el asegurador asume directamente la prestación de los servicios médicos y quirúrgicos, la realización de tales servicios se efectuará dentro de los límites y condiciones que las disposiciones reglamentarias determ...Para saber más sobre coberturas de seguro del hogar
NORMAS DE DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO RELATIVAS AL CONTRATO DE SEGURO
Título IV (arts. 107 a 109) añadido por art. 3 Ley 21/1990 de 19 diciembre.
Artículo 107
1. La ley española sobre el contrato de seguro será de aplicación al seguro contra daños en los siguientes casos:
a) Cuando se refiera a riesgos que estén localizados en territorio español y el tomador del seguro tenga en él su residencia habitual, si se trata de persona física, o su domicilio social o sede de gestión administrativa y dirección de los negocios, si se trata de persona jurídica.
b) Cuando el contrato se concluya en cumplimiento de u...Para saber más sobre coberturas de seguro del hogar