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SEGUROS MEDICOS |
Siendo los seguros de médicos aquellos en los que la compañía aseguradora cubre los gastos médicos que el asegurado pueda necesitar, hay coberturas que resultan especialmente atractivas como aquellas que hacen referencia a las enfermedades largas o incapacidades fruto de afecciones médicas.
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SEGURO TRANSPORTES |
Cuando nos desplazamos utilizando transportes públicos nos encontramos también protegidos por un seguro de transportes, en este caso por el denominado seguro obligatorio de viajeros.
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REASEGUROS |
El reaseguro, explicado de una manera muy simple, resultaría de la cesión de parte de los riesgos asegurados por una compañía a otra a cambio obviamente de compartir los ingresos obtenidos en la prima de esos riesgos.
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COMPAÑIAS SEGUROS |
Aunque parezca mentira ya antiguas civilizaciones como los babilonios o los hindús utilizaban seguros. No obstante de esto aun no se tiene demasiada información, lo que si se sabe es que estos primeros tratados también llamados Contratos a la Gruesa se firmaban entre banqueros y propietarios de barcos para poder comprar la mercancía y financiarse los viajes.
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Seguro y tipo de seguro |
Contrato de seguro
El contrato de seguro es aquel por el que el asegurador se obliga, mediante el cobro de una prima y para el caso de que se produzca el evento cuyo riesgo es objeto de cobertura a indemnizar, dentro de los límites pactados, el daño producido al asegurado o a satisfacer un capital, una renta u otras prestaciones convenidas.
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SEGURO DAÑOS |
Disposiciones generales de la ley del seguro para todos los seguros vinculados a daños
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SEGUROS INCENDIO |
Por el seguro contra incendios el asegurador se obliga dentro de los límites establecidos en la ley y en el contrato a indemnizar los daños producidos por incendio en el objeto asegurado.
Se considera incendio la combustión y el abrasamiento con llama, capaz de propagarse, de un objeto u objetos que no estaban destinados a ser quemados en el lugar y momento en que se produce.
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SEGURO TRANSPORTES |
Por el seguro de transporte terrestre el asegurador se obliga, dentro de los límites establecidos por la ley y en el contrato, a indemnizar los daños materiales que puedan sufrir con ocasión o consecuencia del transporte las mercancías porteadas, el medio utilizado u otros objetos asegurados.
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SEGURO LUCRO CESANTE |
Seguro Lucro cesante. Por el seguro de lucro cesante el asegurador se obliga, dentro de los límites establecidos en la ley y en el contrato, a indemnizar al asegurado la pérdida del rendimiento económico que hubiera podido alcanzarse en un acto o actividad de no haberse producido el siniestro descrito en el contrato.
Este seguro podrá celebrarse como contrato autónomo o añadirse como un pacto a otro de distinta naturaleza.
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SEGURO CAUCION |
Seguro de caucion,
Por el seguro de caución el asegurador se obliga, en caso de incumplimiento por el tomador del seguro de sus obligaciones legales o contractuales, a indemnizar al asegurado a título de resarcimiento o penalidad los daños patrimoniales sufridos, dentro de los límites establecidos en la ley o en el contrato. Todo pago hecho por el asegurador deberá serle reembolsado por el tomador del seguro.
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Paginado
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Contrato de reaseguro. Por el contrato de reaseguro el reasegurador se obliga a reparar, dentro de los límites establecidos en la ley y en el contrato, la deuda que nace en el patrimonio del reasegurado a consecuencia de la obligación por éste asumida como asegurador en un contrato de seguro.
El pacto de reaseguro interno, efectuado entre el ase..
Por el seguro contra incendios el asegurador se obliga dentro de los límites establecidos en la ley y en el contrato a indemnizar los daños producidos por incendio en el objeto asegurado.
Se considera incendio la combustión y el abrasamiento con llama, capaz de propagarse, de un objeto u objetos que no estaban destinados a ser quemados en el lug..
Contrato de seguro
El contrato de seguro es aquel por el que el asegurador se obliga, mediante el cobro de una prima y para el caso de que se produzca el evento cuyo riesgo es objeto de cobertura a indemnizar, dentro de los límites pactados, el daño producido al asegurado o a satisfacer un capital, una renta u otras prestaciones convenidas.
Aunque parezca mentira ya antiguas civilizaciones como los babilonios o los hindús utilizaban seguros. No obstante de esto aun no se tiene demasiada información, lo que si se sabe es que estos primeros tratados también llamados Contratos a la Gruesa se firmaban entre banqueros y propietarios de barcos para poder comprar la mercancía y financiarse l..
Seguros de enfermedad y de asistencia sanitaria. Seguros Médicos .
La normativa relativa a estos seguros se recoge en los artículos 105 y 106 de la ley del Seguro
Artículo 105
Cuando el riesgo asegurado sea la enfermedad, el asegurador podrá obligarse, dentro de los límites de la póliza, en caso de siniestro, al pago de ciertas sumas ..
El Seguro de Credito se recoge en los articulos 69 y siguientes de la ley del seguro:
Por el seguro de crédito el asegurador se obliga, dentro de los límites establecidos en la ley y en el contrato a indemnizar al asegurado las pérdidas finales que experimente a consecuencia de la insolvencia definitiva de sus deudores.
Artículo 70
Seguro de caucion,
Por el seguro de caución el asegurador se obliga, en caso de incumplimiento por el tomador del seguro de sus obligaciones legales o contractuales, a indemnizar al asegurado a título de resarcimiento o penalidad los daños patrimoniales sufridos, dentro de los límites establecidos en la ley o en el contrato. Todo pago hecho po..
Seguro Lucro cesante. Por el seguro de lucro cesante el asegurador se obliga, dentro de los límites establecidos en la ley y en el contrato, a indemnizar al asegurado la pérdida del rendimiento económico que hubiera podido alcanzarse en un acto o actividad de no haberse producido el siniestro descrito en el contrato.
Este seguro podrá celebrarse..
Por el seguro de transporte terrestre el asegurador se obliga, dentro de los límites establecidos por la ley y en el contrato, a indemnizar los daños materiales que puedan sufrir con ocasión o consecuencia del transporte las mercancías porteadas, el medio utilizado u otros objetos asegurados.
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